martes, abril 14, 2015

¿Qué Haremos con Moisés?

clip_image001¿Qué Haremos con Moisés?

Por Mark Snoeberger

Hace un par de semanas la Universidad Bob Jones fue noticia por disculparse por declaraciones hechas hacia una generación que sugiere que los homosexuales deben ser sometidos, al igual que lo fueron durante la economía mosaica, a la pena capital. Esta mea culpa fue bien acogida en la medida que la declaración ofensiva fue insensible, vengativa, incluso odiosa. Pero entre los tweets y charlas que siguieron, fue sorprendente ver cómo muchos bloggers (críticos y defensores de BJU similares) no realizaron una aparente diferenciación entre las palabras pronunciadas en 1980 y las palabras escritas en el siglo 15 antes de Cristo. Moisés es aparentemente culpable de incitación al odio, también!

Este es un sentimiento inquietante, creo, y uno que erosiona gravemente la credibilidad y autoridad del Antiguo Testamento. Seguramente como inerrantistas debemos concluir que Moisés estaba en lo correcto al escribir lo que hizo! Es en vista de este hecho que pregunto hoy, ¿Qué debemos hacer con Moisés y su copiosa asignación de la pena capital por delitos aparentemente triviales (o en algunos casos, tal vez, por ningún crimen en absoluto)?¿Vamos a defenderlo? ¿Ruborizarse por él? Distanciarnos de él denunciando la Ley como inherentemente mala y también nuestro gran alivio, muerta y desaparecida?

Es cierto que la ley mosaica se ha reservado, y sus sanciones temporales suspendidas en Cristo. Y con la disolución del reino judío, ya no existe un representante teocrático que viva en la tierra con la autoridad para hacer cumplir las expectativas de Dios en el ámbito civil. Aún así, debemos seguramente también decir: "La Ley es santa, y su mandamiento santo, justo y bueno" (Romanos 7: 12ss). Además, debemos afirmar que el Dios que estableció esa Ley es inmutablemente puro en su ética. Entonces, ¿cómo debemos lidiar hoy con acciones que Moisés consideraba como delitos capitales?

Como yo lo veo, hay cuatro categorías de delito capital que se detallan en la Ley de Moisés, y cada una requiere su propia respuesta matizada. Observe lo siguiente:

  • Delitos por violar la santidad de la vida humana Moisés requiere que el asesinato "en primer grado" sea sancionado con la pérdida de la vida (Éxodo 21:12, 14; también Lev 24:17, 21). Con especial énfasis en aquellos que sacrificaron sus hijos a los dioses (Levítico 20:1-5). La negligencia resultando en muerte también podría ser un crimen capital (Éxodo 21:28-29), especialmente en el caso de los niños no nacidos (Éxodo 21: 22-25), aunque esto no fue así en todos los casos (Éxodo 21:13). El perjurio en casos de pena capital era también un delito capital (Deuteronomio 19: 16-19), aparentemente, ya que podría resultar en la pérdida injusta de la vida. El hecho de que Dios ordena persistentemente a los gobiernos humanos proteger la vida humana con la fuerza capital, no sólo en la economía mosaica sino más allá (Gen 9: 6), parece no dejar lugar al debate – Dios espera que la humanidad colectiva, estando siempre a su imagen, ejerza el debido proceso y ejecutar asesinos.

En la sociedad moderna algunos se oponen a la pena de muerte de manera uniforme, incluso en el caso de asesinato, pero esto no es un sentimiento universal. De hecho, de todas las categorías de la pena capital que se encuentran en la Ley de Moisés, esta categoría recibe la menor cantidad de resistencia cultural.

  • Delitos que devastan a la humanidad, la pureza y la dignidad de los “inocentes.” Incluidos en esta categoría están los delitos como asalto sexual inequívoco y sin consentimiento, (Deuteronomio 22: 25-27) y el secuestro con fines de trata de personas (Éxodo 21: 16). Puesto que el mandamiento para ejecutar criminales de este tipo se limita a la economía mosaica, no encuentro la pena capital como un mandato en la era moderna; aún así, el hecho de que Dios encontró tales crímenes éticamente dignos de muerte en una época parece sugerir que los gobiernos modernos que concluyen igualmente están en todo su derecho de hacerlo.

Al igual que en la categoría anterior, muchos no cristianos son de una mente similar en este asunto (después de todo, no fueron los cristianos los que hicieron taquillera la película "Taken").

  • Delitos de carácter religioso. Como un estado teocrático, no había separación de iglesia / estado, Dios / César o saeculum / sacro en la economía mosaica. Como resultado, el sistema israelita mismo procesó tanto lo civil como lo religioso. Es por esto que, durante esta ventana de la historia, Dios exigía la pena de muerte por los delitos de brujería (Éxodo 22:18; Lev 20:27; Deuteronomio 13: 5), blasfemia (Levítico 24:14, 16, 23), falsa profecía (Deuteronomio 18:20), y violaciones graves del sábado (Éxodo 31:14; 35: 2).

Ya he señalado con mi mano revelando que creo que esta categoría de pena capital se limita a las circunstancias singulares de la teocracia judía. Por el contrario, la revelación NT distingue claramente de la jurisdicción de la Iglesia y el Estado: el Estado no tiene jurisdicción sobre la iglesia y, como tal, no debe perseguir los delitos religiosos; y la iglesia, mientras que en libertad de excluir a alguien de entre sus miembros, no tiene poder para quitarle la vida. Y en la medida que las organizaciones religiosas (cristianos, musulmanes, o lo contrario) transgredan (o hayan transgredido) esta distinción, creo que están equivocados.

  • Los delitos contra las instituciones civiles de institución divina. Estos delitos representan la categoría más ampliamente disputada de crímenes capitales en el Antiguo Testamento, y tienen tres diferentes sub-categorías: (a) los crímenes contra la autoridad divinamente prescrita dentro de la institución de la familia (Éxodo 21:15, 17; Lev 20: 9), (b) la persistente negativa a someterse a autoridades civiles instituidas divinamente aparte de crímenes no capitales (Deuteronomio 17:12), y (c) una serie de delitos en contra de la institución divina del matrimonio, incluyendo el adulterio (Lev 20:10; Deuteronomio 22:22), la bestialidad (Éxodo 22:19; Levítico 20: 15-16), la homosexualidad (Lev 20:13), instancias especiales de fornicación (Deuteronomio 22: 23-24), los casos especiales de incesto (Lev 20: 11-21), los casos especiales de prostitución (Lev 21: 9), y mentir sobre la virginidad (Deuteronomio 22: 13-21).

Son estos "crímenes" los que obtienen la mayor atención entre los que odian la Biblia. Ninguno de estos delitos parece capitalmente atroz, según se argumenta, y muchos de ellos no ofenden a nadie en absoluto – son mutuamente consensual! ¿Cómo pueden ser crímenes capitales? La respuesta es simple: Nuestro Dios Creador encontró que estas actividades son de una naturaleza tan atroz como para amenazar la viabilidad de su diseño creativo para la humanidad. Y, como es su prerrogativa, les asigna importancia capital. Y ya que él es el Creador y nosotros somos criaturas, realmente no tenemos más remedio que reconocer su derecho a hacerlo.

Ahora me apresuro a añadir que la respuesta capital a esas actividades aparentemente no fue inmediata en todos los casos. La misericordia a menudo es concedida (ver Lev 18:29 dentro de su contexto), con la fuerza de capital aparentemente reservada en caso de reincidencia, junto con la obstinación o la violencia. Además, como fue el caso de los delitos en la categoría 2 (arriba), el mandato para castigar tales actividades capitalmente cesa después de la economía mosaica. Aún así, parece arriesgado decir que lo que Dios declaró ser capitalmente odioso y perjudicial para la raza humana en 1400 a.C. ahora debe considerarse éticamente benigno, y mucho menos respetable.

No hay duda de que la Ley Mosaica ofrece retos para la iglesia contemporánea que son sumamente complejos, y lo anterior no debe ser considerado como la última palabra sobre el tema. Sin embargo, sean cuales sean las respuestas que surjan de las tensiones a la mano, ciertamente no podemos ceder a la opinión contemporánea de que Moisés (y por extensión, Yahweh) fue una vez un monstruo moral perpetrando un código de ley primitiva y temerario de la que nuestra sociedad ilustrada moderna ha escapado. Quizás su es justo decir (utilizando el lenguaje jurídico contemporáneo) que Cristo ha dado paso a una época en la que "la condenación mínima obligatoria" ha sido retirada con respecto a muchos de estos delitos perpetrados en contra de Dios. Sin embargo, puesto que Dios es absolutamente inmutable en su carácter ético, la culpabilidad moral por los pecados contra Dios y su orden creado de ninguna manera se ha relajado con la venida de Cristo.

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