La Declaración Sobre la Justicia Social y El Evangelio Explicada: Artículo 10, Sexualidad y Matrimonio
POR JAMES WHITE
Artículo 10: Sexualidad y Matrimonio
AFIRMAMOS que Dios creó a la humanidad masculina y femenina y que esta distinción divinamente determinada es buena, propia y celebrable. La masculinidad y la feminidad están determinadas biológicamente en la concepción y no están sujetas a cambios. La maldición del pecado resulta en afectos pecaminosos y desordenados que se manifiestan en algunas personas como atracción del mismo sexo. La salvación otorga poder santificador para renunciar a los afectos deshonrosos como pecaminosos y mortificarlos por el Espíritu. Afirmamos además que el diseño de Dios para el matrimonio es que una mujer y un hombre vivan en una relación sexual de una sola carne, pactada, hasta que se separen por la muerte. Aquellos que carecen del deseo o la oportunidad para el matrimonio están llamados a servir a Dios en soltería y castidad. Este es un llamado tan noble como el matrimonio.
NEGAMOS que la sexualidad humana sea un concepto socialmente construido. También negamos que el sexo de uno pueda ser fluido. Rechazamos al “gay cristiano” como una categoría bíblica legítima. Además, negamos que cualquier tipo de asociación o unión pueda denominarse matrimonio de forma distinta a un hombre y una mujer en un pacto de por vida juntos. Además, negamos que las personas se identifiquen como “minorías sexuales”, lo cual sirve como una clasificación cultural en lugar de una que honre el carácter-portador de imagen de la sexualidad humana creada por Dios.
El artículo X de la Declaración sobre la justicia social y el Evangelio encapsula dos mil años de creencias cristianas básicas sobre la naturaleza de la sexualidad y el matrimonio. Para la gran mayoría de las generaciones de cristianos a lo largo de los siglos, no habría nada controvertido acerca de estas afirmaciones, y las generaciones pasadas se habrían preguntado por qué nos tomamos el tiempo para incluirlo.