Las Cinco Solas: Solo Mediante la Fe
Por Dave Dunham
Se lo ha llamado la "bisagra principal sobre la cual gira la religión" (Calvin, Institutes of the Christian Religion, 3.11.1). La doctrina de la justificación solo por la fe es fácilmente el problema más significativo que surge del período de la Reforma. Su importancia radica en el hecho de que la justificación por la fe hace que el creyente sea un recipiente pasivo en lugar de una cooperación activa.
La comprensión medieval de la justificación por la fe no estaba completamente definida y no había consenso sobre exactamente cómo ocurrió. Sin embargo, es importante tener en cuenta varias características comunes de la teología de la justificación del periodo. En primer lugar, la justificación implica, en cierto nivel, la cooperación del hombre con la gracia de Dios. Entonces, dentro del sistema de Tomás de Aquino, la gracia divina le dio poder al hombre para cooperar con Dios, y tal esfuerzo fue recompensado con la vida eterna. William of Ockham y Gabriel Biel, vieron las cosas de forma ligeramente diferente. La cooperación, decían, era posible sin la gracia de Dios, y de hecho, siempre que hicieras tu mejor esfuerzo, Dios te otorgaría la gracia que necesitabas.
En segundo lugar, los sistemas medievales vieron la justificación como un proceso. La cooperación del hombre con la gracia de Dios para limpiarse tomó tiempo. Ocurrió en pasos reales, no en un evento singular. No había distinción dentro de la teología medieval entre la justificación y la santificación. El fracaso de esta fusión se remonta a Agustín. La justificación fue el proceso de volverse justo. Entonces, incluso el primer Lutero, articularían una visión similar. Korey Maas cita a este temprano Lutero cuando escribe:
Entendiendo aún la cooperación con la gracia como un aspecto esencial de la justificación, explicó que los cristianos son llamados justos "no porque lo sean, sino porque han comenzado a ser y deben convertirse en personas de este tipo haciendo un progreso constante" ("Justificación por Faith Alone, " Reformation Theology" , 519).
Lutero, por supuesto, pasaría a desarrollar una idea bastante diferente de la justificación, pero desde el principio era tan heredero del tiempo como otros.
En tercer lugar, la teología medieval entendió la naturaleza de la justificación como un cambio ontológico real en la moralidad del creyente. Es decir, la justificación no era simplemente una declaración de justicia por parte de Dios para el que tiene fe en Cristo (el punto de vista protestante). Más bien, la justificación fue el proceso del pecador convirtiéndose realmente en justo. Maas aclara:
Es decir, el cambio que se entiende que tiene lugar en el justificado no fue simplemente un cambio de condición declarada; los pecadores fueron aceptados por Dios no simplemente porque los consideró justos. Más bien, fueron aceptados porque, de hecho, en un grado suficiente, se convirtieron en justos. (517) (517)
Fue, pues, una justicia merecida, no una justicia imputada que justificó al hombre delante de Dios.
El problema crucial para los reformadores fue la preservación de la actividad única de Dios en la salvación. Si la salvación es todo por gracia, entonces la recepción de esa gracia es todo de fe. Más específicamente, esa fe no es una obra del creyente, sino que debe entenderse como confianza (el colega de Lutero, Phillip Melanchthon, fue crucial para articular esta distinción particular). El creyente es un receptor pasivo de la salvación, no un agente cooperativo. La salvación es completamente monergística.
La justicia atribuida al creyente, entonces, no es suya sino que es una "justicia ajena". Es una justicia externa, es la justicia de Cristo, imputada al creyente aparte de las obras. Melanchthon defendió esta articulación en la "Apología de la Confesión de Augsburgo". Allí dijo:
“Justificar” se usa de manera forense para significar “absolver a un hombre culpable y pronunciarlo justo,” y hacerlo a causa de la rectitud de otra persona, es decir, la de Cristo, que se nos comunica por medio de la fe.
No hay nada ni siquiera un enfoque sinergista en la justificación de los pecadores. El hombre pecador no aporta nada a la ecuación excepto su pecado.
Los luteranos no fueron los únicos en articular esta visión particular de la justificación solo por la fe. La uniformidad entre las ramas luteranas y reformadas del movimiento de la Reforma enfatiza aún más cuán importante fue esta doctrina. Su recuperación es crucial para la preservación del evangelio. La salvación es la actividad de Dios. Es todo de Dios y todo de gracia y nuestra solamente a través de la fe, la cual no es una obra de cooperación.
Nosotros, los herederos de la Reforma, debemos aferrarnos a las distinciones desarrolladas por los Reformadores. Necesitamos mantener la diferencia entre la justicia obtenida e imputada, la diferencia entre la santificación y la justificación, y la distinción entre la fe como confianza versus la fe como cooperación. Siempre estamos tentados a caer presa de la autojustificación en nuestros propios corazones. Somos propensos a enfatizar lo que debemos hacer para ser merecedores de la gracia. Somos propensos a pensar en la fe en términos de confiar en Dios para que nos autorice a ayudarnos a nosotros mismos. Somos propensos a pensar en la fe en términos de nuestra obediencia para creer, en lugar del don de Dios que hace posible la obediencia. La fe es la respuesta pasiva al don de la gracia de Dios, no nuestra cooperación activa con él. La preservación de esa distinción es la diferencia entre el verdadero evangelio y el falso.
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